Permiso para trabajar en detención domiciliaria

Permiso para trabajar en detención domiciliaria

¿Necesita un permiso para trabajar en detención domiciliaria?, en C&T Abogados le explicamos:

¿Qué es la detención domiciliaria?

Antes de hablar del permiso para trabajar tenemos que hablar de la detención domiciliaria, esta es un mecanismo que permite a un condenado cumplir su pena por fuera de un recinto de detención, es decir, poder cumplir su pena en su hogar en vez de la cárcel; esta medida está estipulada en el artículo 38 del código penal de Colombia la cual también añade que “el sustituto podrá ser solicitado por el condenado independientemente de que se encuentre con orden de captura o privado de su libertad, salvo cuando la persona haya evadido voluntariamente la acción de la justicia”.

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Por su parte, el artículo 68 del mismo código estipula que una persona que posea una enfermedad muy grave, y que dicha enfermedad le impida cumplir su condena en un centro penitenciario, podrá solicitar la detención domiciliaria en su hogar o un centro hospitalario; dado el caso que la detención se realice en un centro hospitalario, será el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) quien asigne el lugar, si es el condenado es el que escoge el centro hospitalario, los gastos correrán por su cuenta.

Solicitar permiso para trabajar en detención domiciliaria

Como parte de los derechos-deberes que tiene los reclusos, esto incluye a los que cumplen su condena en un centro penitenciario como a los que cumplen su condena bajo detención domiciliaria, pueden realizar labores o estudios que les permita reducir su condena; para la detención domiciliaria, si el recluso desea trabajar por fuera de su lugar de detención , podrá presentar una solicitud ante el juez que lleva su caso.

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Según La Sala de Decisión Penal, el 12 de mayo de 2010, en el radicado 05001-31-04-022-2008-0070, expresa que un recluso que se encuentre bajo la modalidad de detención domiciliaria, podrá trabajar fuera de su lugar de detención si es madre o padre cabeza de familia, entendiéndose como persona soltera o casada, que se encuentra a cargo de sus hijos y ellos sean menores de edad; además, La Sala de Decisión Penal ha interpretado que un condenado que se encuentre a cargo de una persona (dentro del núcleo familiar), y que está, por motivos de incapacidad física o psicológica, no pueda trabajar, le permitirá al recluso poder solicitar el trabajo por fuera de su lugar de detención.

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