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Derecho Laboral

En C&T Abogados contamos con abogados laborales en Medellín y en toda Colombia, que le brindaran una asesoría efectiva y profesional.

El derecho laboral se encarga de regular las relaciones que se crean a partir del trabajo humano, también es conocido como derecho de trabajo o derecho social.

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Mujer haciendo contrato

Obligaciones legales de una empresa ¿Cuales son?

Una vez una persona es contratada por una empresa o una persona natural, se causan una serie de obligaciones para ambas partes (empleado- empleador), y a partir de las obligaciones legales de una empresa y sus empleados no es opcional factores como fechas, conceptos y valores.
Cuando hay una relación laboral por medio de un contrato verbal o escrito o en alguna de sus modalidades, es decir a término fijo, indefinido, obra o labor, entre otros. Para todos ellos se generan emolumentos a cargo del empleador que procederemos a explicar:

Salario.

Es la suma de dinero que se paga al empleado por la prestación de su servicio de manera periódica.
El artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo lo define: «Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones”.
Este salario tiene modalidades, puede ser integral, en especie, fijo o variable.

Auxilio de Transporte.

Es el dinero que se paga a los empleados que reciben menos de dos salarios mínimos, con la finalidad de cubrir los gastos de transporte que se utiliza para desplazarse a su lugar de trabajo.

Prestaciones Sociales.

Son los valores adicionales que debe el empleador al empleado en razón a la normatividad vigente laboral y ellas se conforman por:

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Prima de Servicios.

Es el valor en dinero reconocido al empleado, en dos pagos, uno de ellos el último día del mes de junio y el otro a más tardar el 20 de diciembre del año en curso.

Cesantías.

Es un salario mensual por cada año de trabajo y que debe ser consignado en una administradora a elección del empleado y solo será entregada al finalizar el contrato o excepcionalmente en casos determinados por la ley

Vacaciones.

Si bien no es una prestación social, es el dinero que se le reconoce al empleado en un periodo de descanso.

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En próximos días estaremos ampliando esta información y abordando temas como viáticos, dotación, gastos de desplazamiento, licencia por luto, licencia de maternidad, horas extras, seguridad social, toda vez de ser una temática básica muchas personas desconocen estás situaciones que se presentan día a día en el transcurso o al finalizar un contrato laboral

pensión de sobrevivientes

Pensión de sobrevivientes, ¿Qué es?

En C&T Abogados le explicamos que es la pensión de sobrevivientes:

Expresada en el capítulo IV de la ley 100 de 1993, la pensión de sobrevivientes es la pensión a la cual tiene derechos los familiares del pensionado o cotizante tras su fallecimiento, la ley, en su artículo 46, expresa que:

tendrán derecho a esta modalidad de pensión:

  1. Los miembros del grupo familiar del pensionado por vejez o pensionado por invalidez que ha fallecido.
  2. Los miembros del grupo familiar del cotizante que ha fallecido, y que demuestre que en los últimos tres (3) años ha cotizado, de manera continua o discontinua, un mínimo de cincuenta (50) semanas.

Dado el caso de que el causante no haya cumplido con alguna de las condiciones anteriormente mencionadas, el núcleo familiar podrá recibir una indemnización sustitutiva (articulo 49) equivalente al que hubiera correspondido en el caso de la indemnización sustitutiva por vejez explicada en el articulo 37 de la misma ley.

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¿Quiénes puedes acceder a la pensión de sobreviviente?

Dado el caso que el causante haya cumplido alguno de los requisitos previamente expuestos, será el núcleo familiar del causante quienes podrán acceder a la pensión de sobreviviente, no obstante, la ley 100 de 1993 en su artículo 47 expresa un orden excluyente de beneficiarios:

  1. Cónyuge o compañero/a permanente. Para este caso se tendrá en cuenta:
    1. Cónyuge o compañero/a permanente del causante, que tenga más de 30 años, en este caso el cónyuge o compañero/a permanente deberá demostrar que hubo una convivencia o vida marital, de forma continua, en los últimos 5 años
    2. Cónyuge o compañero/a permanente del causante, que sea menor de 30 años, pero hayan tenido por lo menos un (1) hijo.

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Para estos dos casos se otorgará la pensión de sobrevivientes de forma vitalicia; si el cónyuge o compañero/a es menor de 30 años a la fecha del fallecimiento del causante,

y no han tenido un hijo, adquirirá de forma temporal la pensión de sobreviviente por un periodo de veinte (20) años.

  1. A falta del cónyuge o compañero/a permanente, podrán ser beneficiarios los hijos menores de 18 años, los hijos entre los 18 y 25 años que acrediten que se encuentran estudiando y dependían económicamente del causante, y los hijos inválidos que dependían económicamente del causante.
  2. A falta de estos últimos dos, podrán ser beneficiarios los padres del causante, siempre y cuando dependieran económicamente del causante.
  3. Si llegaran a faltar los anteriormente mencionados, podrán ser beneficiarios los hermanos inválidos del causante, siempre y cuando dependieran económicamente del causante.

Cómo se liquida la pensión por invalidez en Colombia

Pension por invalidez

Quienes pierdan su capacidad laboral en un 50% tienen derecho a pensión. El afiliado debe haber cotizado cincuenta semanas dentro de los últimos tres años inmediatamente anteriores a la fecha de la invalidez.

La pensión de invalidez que se concede al afiliado cuando haya perdido el 50% o más de su capacidad laborales, es reconocida por dos vías: en el Sistema General de Pensiones, cuando es de origen común o por el Sistema de Riesgos Laborales cuando es de tipo profesional.

La claridad fue hecha por la oficina asesora Jurídica del Ministerio del Trabajo, al publicar un concepto emitido aclarando esta situación.

Dice el comunicado de prensa que el artículo 38 de la Ley 100 de 1993 califica de inválida a la persona “que por cualquier causa de origen no profesional, no provocada intencionalmente, hubiere perdido el 50 % o más de su capacidad laboral’.

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En el evento que la pérdida de la capacidad laboral sea del 50 % o más, da lugar al reconocimiento de las prestaciones por invalidez causada por enfermedad común, la administradora de Pensiones en la cual se encuentra afiliado el trabajador debe verificar que se cumplan requisitos como haber cotizado cincuenta semanas dentro de los últimos tres años inmediatamente anteriores a la fecha de declaración del estado de invalidez, precisa el informe.

como se liquida la pensión por invalidez

Si la invalidez es causada por accidente, el afiliado tiene que haber cotizado cincuenta semanas dentro de los últimos tres años inmediatamente anteriores al hecho causante de la misma.

De presentarse este caso en menores de veinte años de edad, solo deberán acreditar cotización por veintiséis semanas en el último año inmediatamente anterior al hecho causante de la invalidez, señala el informe.

Cuando el afiliado haya cotizado por lo menos el 75% de las semanas mínimas requeridas para acceder a la pensión de vejez, requerirá cotización por veinticinco semanas como mínimo en los últimos tres años.

El ministerio de Trabajo explica en un comunicado que las prestaciones asistenciales y económicas derivadas de un accidente de trabajo o de una enfermedad de origen laboral serán reconocidas y pagadas por la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) en la cual se encuentre afiliado el trabajador en el momento de ocurrir el accidente o, en el caso de la enfermedad laboral, al momento de requerir la prestación.

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Se encuentra obligada la ARL a asistir a la persona en la parte médica, quirúrgica, servicios de hospitalización, medicamentos, prótesis, rehabilitación física y profesional, gastos de traslado necesarios para la asistencia de los servicios y las prestaciones económicas, como el subsidio por incapacidad temporal, la indemnización por incapacidad permanente parcial, la pensión de invalidez, la pensión de sobrevivientes y el auxilio funerario, reseña el estudio.

Señala el informe que para el caso de la incapacidad permanente parcial como consecuencia de un accidente o una enfermedad de origen laboral, presenta una disminución definitiva, igual o superior al cinco por ciento, pero inferior al cincuenta por ciento de su capacidad laboral, para lo cual ha sido contratado o capacitado, la Administradora de Riesgos Laborales reconocerá una indemnización en proporción al daño sufrido, en una suma no inferior a dos salarios base de liquidación, ni superior a veinticuatro veces su salario base de liquidación.

Fuente: El Espectador

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Derecho Laboral

El derecho laboral, también conocido como derecho del trabajo, es una rama del derecho que se encarga de regular las relaciones que se establecen a partir del trabajo humano.

Para ser más específicos, se trata del conjunto de reglas jurídicas que garantizan el cumplimiento de las obligaciones de las partes que intervienen en una relación de trabajo.

Primero, debemos decir que el derecho laboral concibe el trabajo como la actividad que un individuo desarrolla con el objetivo de transformar el mundo exterior, y mediante el cual obtiene los medios materiales o económicos para su subsistencia.

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La disciplina del derecho del trabajo está formada por las siguientes partes:

  • Derecho individual del trabajo: este se basa en las relaciones que provienen del contrato individual del trabajo entre un empleado y su empleador.
  • Derecho colectivo del trabajo: este por su lado se refiere a las regulaciones de las relaciones entre grupos de personas en consideración colectiva.
  • Derecho de seguridad social: se refiere a la protección de los trabajadores, principalmente, pero no solo de forma económica, debido a que su mayor objetivo es velar por situaciones como; riesgos de enfermedad, accidentes, vejez, cesantía, etc.

Las fuentes de las que el derecho laboral se basa para desarrollar y establecer la justicia que se estima pertinente, son: la Constitución, los contratos de trabajo, los tratados internacionales existentes, la ley y los reglamentos estipulados para dicho campo.
Entonces, el derecho laboral se basa en un principio protector, a diferencia del derecho privado, que se sustenta en un principio de igualdad jurídica. por lo tanto, el derecho laboral debe aplicar la multiplicidad de normas, con las reglas que resulten más beneficiosas para cada trabajador.

Es de resaltar que las relaciones laborales están regidas por una ley de contrato de trabajo y diversas normas complementarias. De modo que cada sector productivo cuenta con sus propias normas para regular las relaciones o ciertos aspectos de ellas, sin que dichas normas impliquen una violación a la mencionada ley de contrato de trabajo.
Por otro lado, existen convenios colectivos de trabajo, éstos se caracterizan porque deben respetar en todo momento la legislación laboral existente.

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En concreto, se pueden establecer dos tipos de convenio:

    • Los convenios de empresa: donde los delegados sindicales o los comités de empresa ejercen su función como interlocutores.
    • Los convenios de rango superior: donde los sindicatos son los encargados de tener la representatividad.

Si usted, o alguien que conoce, requiere de una asesoría sobre derecho laboral, contáctenos, en C&T Abogados damos soluciones efectivas a sus procesos legales.

 

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